Vodafone gana caso por inclusión en registro de morosidad tras demostrar el envío de notificaciones de deuda
En un fallo reciente, el Tribunal ha desestimado la demanda presentada por el Sr. Oscar contra Vodafone Servicios, S.L.U., en la que se reclamaba una indemnización por daños y perjuicios derivados de la inclusión indebida de sus datos en el fichero de morosos Asnef. El demandante argumentaba que dicha inclusión vulneraba su derecho fundamental al honor y la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
Inclusión en un fichero de morosos
El Sr. Oscar, titular de un contrato de servicios de telecomunicaciones con Vodafone firmado el 7 de octubre de 2020, fue incluido en el fichero Asnef el 19 de marzo de 2022 por una deuda pendiente de 572,62 euros. Oscar sostiene que esta inclusión se realizó sin cumplir con la normativa de protección de datos y, por ende, constituyó una intromisión ilegítima en su derecho al honor, causándole daños morales que solicita reparar judicialmente.
Análisis Judicial
El Tribunal centró su análisis en determinar si Vodafone cumplió con los requisitos establecidos por la LOPD para la inclusión de datos personales en ficheros de morosos. Según el art. 20 de la LOPD, para que la cesión de datos sea considerada lícita, deben cumplirse varios requisitos, entre ellos que los datos sean facilitados por el acreedor, que la deuda sea cierta, vencida y exigible, y que el afectado haya sido informado sobre la posibilidad de inclusión en dichos ficheros.
En este caso, el Tribunal verificó que Vodafone había enviado dos requerimientos de pago al Sr. Oscar antes de su inclusión en Asnef, uno el 26 de noviembre de 2021 y otro el 1 de enero de 2022, ambas dirigidas a las direcciones registradas en el contrato de servicio. Además, se presentó certificación de Ilunion que confirmaba la recepción de dichas cartas, cumpliendo así con el requisito de notificación previa.
Jurisprudencia y Normativa Aplicada
El Tribunal citó diversas sentencias del Tribunal Supremo que refuerzan la necesidad de cumplir con estrictos procedimientos antes de incluir datos en ficheros de morosos. Se enfatizó que la falta de cumplimiento de estos procedimientos podría considerarse una vulneración de derechos fundamentales como el honor y la intimidad personal.
Conclusión | Desestimada la indemnización por la inclusión en un fichero de morosos
Al concluir que Vodafone había cumplido con todas las exigencias legales para la inclusión del Sr. Oscar en Asnef, el Tribunal determinó que no existió una intromisión ilegítima en su derecho al honor. Por lo tanto, la demanda fue desestimada. Además, se decidió no imponer costas procesales al demandante debido a las dudas de derecho existentes respecto a la interpretación de los requisitos de los requerimientos previos de pago.