TSJ canario reconoce el permiso retribuido por cuidado de hijo lactante menor
Permiso y lactancia bajo revisión judicial
El TSJ protege a madre y bebé
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha declarado que Aeromédica Canaria vulneró derechos fundamentales al denegar un permiso retribuido a una trabajadora que debía cuidar de su hijo lactante. La resolución considera que la actuación empresarial fue discriminatoria por razón de género y contraria al interés del menor.
La sentencia impone la devolución de cantidades descontadas en nómina y una indemnización por daño moral de 3.000 euros en total, reconociendo también al menor como parte afectada en el procedimiento.
Origen del conflicto
El caso surge tras la solicitud de un permiso laboral basado en el artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores. Este derecho permite ausentarse del trabajo en casos de enfermedad grave, hospitalización o necesidad de cuidados de familiares.
La trabajadora presentó un informe médico que indicaba que su hijo, de 15 meses, requería cuidados maternos durante varios días. La empresa rechazó la solicitud al considerar que no se trataba de una situación grave en términos legales.
Decisión del tribunal
El TSJ corrige la sentencia de instancia y concluye que la empresa realizó una interpretación excesivamente restrictiva del permiso. Según la Sala, el objetivo de la norma es garantizar la conciliación y la protección familiar, lo que exige una aplicación flexible.
El tribunal subraya además que el menor, por su edad, requiere una protección reforzada y que el informe médico acreditaba la necesidad de cuidados sin haber sido impugnado.
Enfoque de género e infancia
La resolución introduce la perspectiva de género e infancia como elemento interpretativo relevante. La Sala entiende que la negativa empresarial tuvo un impacto directo en la madre trabajadora y en el menor, lo que justifica la apreciación de vulneración de derechos fundamentales.
También se reconoce la legitimación activa del niño, un aspecto relevante en la evolución reciente de la jurisprudencia laboral.
División en el tribunal
La sentencia no es unánime. Un magistrado discrepa al considerar que no se cumplen los requisitos del permiso y que la interpretación extensiva del tribunal mayoritario desborda el marco legal del Estatuto de los Trabajadores.
Sentencia TSJ de Canarias, de fecha 11 de junio de 2026. Recurso nº 156/2026.