Penny Market: resolución del TJUE sobre descuentos forzosos en alimentos
TJUE rechaza precios impuestos
Una medida nacional sobre alimentos
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado que Hungría incumplió el Derecho de la Unión al imponer un sistema de promociones obligatorias en productos alimentarios para grandes distribuidores. La sentencia del asunto C-658/24 | Penny Market establece que los Estados miembros no pueden limitar la libertad empresarial mediante medidas que impidan fijar precios y cantidades de venta sin una justificación suficiente.
La normativa fue introducida en mayo de 2023 para responder al aumento de los precios de los alimentos. El Gobierno húngaro estableció que determinados comercios, cuando superaran un volumen anual de negocio concreto, debían reducir obligatoriamente el precio de ciertos productos al menos un 15 % respecto del precio mínimo aplicado en los treinta días anteriores.
La norma también obligaba a mantener una disponibilidad mínima de los productos afectados durante las campañas promocionales.
La sanción a la cadena alemana
El caso llegó al TJUE después de que las autoridades húngaras sancionaran a Penny Market, perteneciente al grupo REWE, por no disponer de dos productos incluidos en la promoción obligatoria.
La empresa explicó que había sufrido retrasos en la entrega y que había ofrecido alternativas a los consumidores. A pesar de ello, la sanción continuó vigente y fue recurrida ante los tribunales.
El Tribunal General de Győr solicitó al TJUE que analizara si estas obligaciones eran compatibles con las normas europeas sobre libertad económica, competencia y servicios.
Límites a la intervención estatal
El Tribunal europeo considera que la regulación húngara afecta a la libre competencia porque obliga a los distribuidores a adoptar decisiones comerciales concretas. La imposición de precios reducidos y cantidades mínimas elimina parte de la capacidad de las empresas para gestionar sus productos conforme a criterios económicos.
Aunque Hungría defendió que la finalidad era proteger a los consumidores frente a la inflación, el TJUE entiende que la medida no era adecuada ni proporcional.
Para el Tribunal, una regulación puede perseguir objetivos sociales o económicos, pero debe hacerlo mediante medios coherentes y equilibrados.
Posible discriminación empresarial
La sentencia también plantea la cuestión de si el sistema podía perjudicar especialmente a empresas extranjeras. El tribunal húngaro deberá comprobar si las grandes cadenas internacionales resultaban más afectadas por la forma de calcular los requisitos establecidos.
El TJUE añade que, incluso aunque no existiera discriminación, la norma seguiría siendo contraria a la Directiva de servicios porque no alcanzaba correctamente los objetivos alegados.
Relevancia para el mercado europeo
La decisión refuerza la importancia de la libertad comercial dentro de la Unión Europea. Los Estados pueden adoptar medidas de protección al consumidor, pero deben respetar los principios de proporcionalidad y competencia.