El Supremo rechaza conversión automática de contratos parciales en completos
Contrato parcial no se transforma automáticamente
Origen del conflicto | STS 306/2026, de 25 de marzo.
El Tribunal Supremo ha analizado un caso relativo a un contrato de trabajo a tiempo parcial suscrito entre un trabajador —en adelante, la parte actora— y una empresa —en adelante, la empresa demandada—.
La parte actora solicitaba que su contrato se considerara a tiempo completo, alegando que no se había especificado correctamente la distribución de la jornada en el documento contractual.
Decisiones previas
El Juzgado de lo Social estimó la demanda, aplicando el artículo 12.4.a) del Estatuto de los Trabajadores, que establece que la falta de concreción de la jornada puede implicar que el contrato se presuma a tiempo completo.
No obstante, el Tribunal Superior de Justicia revocó esta decisión al considerar que el trabajador prestaba servicios efectivamente a tiempo parcial.
Criterio del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo confirma la decisión del tribunal autonómico. Recuerda que la presunción legal prevista en el artículo 12 ET no es absoluta, sino que admite prueba en contrario.
En este caso, se considera acreditado que el trabajador no realizaba una jornada equivalente a la de un trabajador a tiempo completo. Además, el propio trabajador reconocía el carácter parcial de su relación laboral.
Por ello, no procede recalificar el contrato.
Falta de contradicción
El recurso planteado pretendía unificar doctrina con otra sentencia anterior. Sin embargo, el Tribunal Supremo señala que no existe contradicción real, ya que ambas resoluciones aplican el mismo criterio jurídico.
La diferencia se basa en los hechos probados, no en la interpretación de la norma.
Conclusión
La sentencia establece que los errores formales en el contrato no implican automáticamente su transformación en uno a tiempo completo. Es necesario analizar la realidad de la prestación laboral.
Este criterio aporta seguridad jurídica, al evitar que la falta de precisión contractual genere consecuencias automáticas sin atender a las circunstancias concretas del caso.