Libertad sindical y obligación empresarial de informar cotizaciones
Libertad sindical y acceso a la documentación de cotización
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Nacional que declaró la vulneración del derecho de libertad sindical por la actuación empresarial consistente en no facilitar a los delegados sindicales la documentación relativa a cotizaciones a la Seguridad Social. La controversia se centraba en el acceso a los RLC y RNT, necesarios para el ejercicio de la actividad sindical.
Hechos probados | Falta de entrega de información sobre cotizaciones
El sindicato demandante reclamó la entrega periódica de la información relativa a cotizaciones y pago de cuotas, al considerarla imprescindible para el control del cumplimiento de las obligaciones empresariales.
De los hechos probados se desprende que la empresa no facilitaba dicha documentación de manera regular. Su entrega se produjo únicamente en supuestos concretos y tras requerimientos previos, lo que evidenciaba un incumplimiento del deber de información y una incidencia directa en la libertad sindical.
Resolución de la Audiencia Nacional
La Audiencia Nacional estimó parcialmente la demanda y declaró la existencia de una vulneración del derecho de libertad sindical, al entender que la conducta empresarial limitaba la actuación de los delegados sindicales. Asimismo, acordó una indemnización por los daños ocasionados.
La empresa recurrió en casación, sosteniendo que el sindicato no estaba legitimado para reclamar dicha información y que su obligación se limitaba a permitir el acceso o consulta de los datos.
Libertad sindical y derecho de información | Entrega de información a los delegados sindicales
El Tribunal Supremo rechaza la tesis empresarial y afirma que el sindicato estaba legitimado para accionar, al actuar en defensa de sus delegados sindicales. Esta actuación se integra en el contenido propio de la libertad sindical.
La sentencia destaca que no resulta relevante si la solicitud de información se realiza directamente por el sindicato o por sus representantes en la empresa, siempre que tenga por finalidad garantizar la acción sindical.
Información sobre cotizaciones y cuotas
El Tribunal subraya que la obligación empresarial de informar sobre cotizaciones y pago de cuotas tiene carácter activo. No depende de solicitudes reiteradas, sino que debe cumplirse de forma periódica y en los plazos previstos.
Asimismo, considera insuficiente la mera puesta a disposición de la documentación para su consulta. Esta forma de cumplimiento no garantiza un acceso efectivo a la información y, por tanto, resulta contraria al contenido del derecho de libertad sindical.
Limitación de la libertad sindical | Restricción de la acción sindical
El Tribunal Supremo concluye que la conducta empresarial supuso una limitación de la libertad sindical, al impedir que los delegados sindicales dispusieran de la información necesaria para desarrollar sus funciones de control.
Recuerda que el derecho de información forma parte del contenido esencial de la libertad sindical, por lo que su vulneración implica una lesión del derecho fundamental, sin necesidad de acreditar intencionalidad.