Relación de alta dirección: el preaviso tras despido improcedente

06/04/2026

Relación de alta dirección: el despido improcedente no excluye el preaviso pactado

El Tribunal Supremo ha declarado que, en la relación de alta dirección, el despido improcedente no permite excluir la indemnización por falta de preaviso cuando esta obligación ha sido pactada en el contrato. La empresa debe abonar ambas compensaciones, al tratarse de conceptos distintos.

La sentencia refuerza el valor de lo pactado en la relación de alta dirección y evita que el empresario pueda eludir el preaviso mediante un despido que posteriormente se declara improcedente.

Hechos probados | Despido disciplinario en la relación de alta dirección

Según los hechos probados, un alto directivo fue despedido disciplinariamente por una corporación profesional. Ese despido fue declarado improcedente en un procedimiento previo, optando la empresa por extinguir la relación de alta dirección mediante indemnización.

El trabajador reclamó además la compensación prevista en su contrato por la falta de preaviso de seis meses, configurada como una garantía específica dentro de la relación de alta dirección.

Rechazo de la indemnización por preaviso

El Juzgado de lo Social y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco rechazaron la reclamación. Entendieron que el contrato excluía el preaviso en caso de despido del gerente.

Sin embargo, el Tribunal Supremo corrige este criterio. Considera que, en la relación de alta dirección, esa cláusula no puede interpretarse de forma amplia para incluir también los despidos que posteriormente son declarados improcedentes.

Compatibilidad entre despido improcedente y preaviso

La Sala reitera su doctrina: en la relación de alta dirección, la indemnización por despido improcedente y la indemnización por falta de preaviso son compatibles.

No se excluyen entre sí. La indemnización por despido responde a la extinción injustificada de la relación de alta dirección. La indemnización por preaviso responde al incumplimiento de una obligación contractual concreta.

Por tanto, ambas deben abonarse cuando concurren.

Alcance de la cláusula de exclusión del preaviso

El contrato señalaba que no era necesario preaviso en caso de despido. No obstante, el Supremo precisa que, en la relación de alta dirección, esa exclusión solo puede referirse al despido procedente.

No puede extenderse a un despido declarado improcedente. De lo contrario, bastaría con una decisión empresarial sin causa suficiente para dejar sin efecto el preaviso pactado.

Evitar el vaciamiento de la cláusula contractual

El Tribunal advierte que aceptar la interpretación de la empresa permitiría dejar la extinción de la relación de alta dirección al arbitrio del empleador. Bastaría con un despido injustificado para evitar el cumplimiento del preaviso.

Esto vaciaría de contenido la cláusula contractual y resultaría contrario a la prohibición del abuso de derecho.

La extinción indemnizada implica incumplimiento del preaviso

Cuando el despido es declarado improcedente y la empresa opta por indemnizar, esa decisión equivale, en la práctica, a extinguir la relación de alta dirección sin respetar el preaviso pactado.

En ese escenario, la cláusula despliega sus efectos y genera el derecho a percibir la indemnización adicional correspondiente.

Fallo del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo estima el recurso de casación para la unificación de doctrina, anula la sentencia del TSJ del País Vasco y reconoce al alto directivo el derecho a percibir 75.732,20 euros más intereses legales por el preaviso incumplido.

La sentencia consolida que, en la relación de alta dirección, el despido improcedente no neutraliza las garantías económicas pactadas. El preaviso sigue siendo exigible y su incumplimiento genera una indemnización autónoma.

Ir arriba