Ley 9/2025 | Las Administraciones priorizarán movilidad activa, transporte público y bajas emisiones

04/12/2025

Marco legal para una movilidad moderna

Introducción: Activación de un nuevo régimen jurídico

La publicación en el BOE del 4 de diciembre de 2025 de la Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, ha puesto en marcha un marco jurídico integral orientado a reorganizar el funcionamiento del transporte en España. La norma, en vigor desde el día siguiente, persigue adaptar el sistema de movilidad a los retos ambientales, sociales y económicos actuales, declarando expresamente la movilidad como un derecho de los ciudadanos, cuya protección corresponde a los poderes públicos.

Objeto y finalidad de la Ley

El texto legal establece las condiciones para garantizar una movilidad sostenible, equitativa e inclusiva. Su finalidad se apoya en tres ejes:

  1. Cohesión social y territorial, asegurando el acceso al transporte en condiciones de igualdad.

  2. Resiliencia económica, favoreciendo un sistema de transporte eficiente y competitivo.

  3. Cumplimiento de los objetivos climáticos, reduciendo gases de efecto invernadero y mejorando la calidad del aire, en línea con los compromisos asumidos por España en materia ambiental.

Estructura y principios rectores

La Ley articula un sistema multimodal sustentado en principios claros: seguridad (operacional, vial y sanitaria), sostenibilidad, accesibilidad universal, digitalización y transparencia. En el ámbito urbano, la movilidad activa y el transporte público adquieren prioridad, conforme a los modelos europeos de movilidad descarbonizada.

Asimismo, la norma crea el Sistema General de Movilidad Sostenible como instrumento de coordinación entre administraciones, y establece un esquema de financiación estable mediante el Fondo Estatal de Contribución a la Movilidad Sostenible, regido por criterios de equidad e igualdad territorial.

Derechos de los usuarios y garantías

Los ciudadanos adquieren el derecho a un sistema de movilidad sostenible y asequible, así como a recibir información comprensible sobre trayectos, horarios y condiciones de los servicios.
La Ley también recupera los compromisos de puntualidad de RENFE vigentes antes de julio de 2024, fijando indemnizaciones del 50 % por retrasos de 15 minutos y del 100 % por demoras de 30 minutos en trenes de alta velocidad y larga distancia.

Obligaciones de entidades y operadores

Las empresas con más de 200 trabajadores deberán implementar Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo, que incluyan medidas de transporte colectivo y soluciones de bajas emisiones.
Los operadores de transporte, por su parte, deberán calcular la huella de carbono de sus servicios y ofrecer datos abiertos y actualizados al Punto de Acceso Nacional de Transporte Multimodal.

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