El Gobierno impulsa cambios técnicos del IVA conforme a Directiva ViDA

26/11/2025

Adaptación del IVA a la economía digital

Aprobación del Anteproyecto de Ley

El Consejo de Ministros ha aprobado en primera vuelta el Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, destinado a la transposición parcial de la Directiva (UE) 2025/516. Esta norma forma parte del proyecto europeo ViDA, orientado a adaptar el IVA al entorno digital y a reforzar la eficacia del sistema en un contexto de creciente actividad económica a través de internet. El objetivo principal es continuar la modernización iniciada con el paquete de comercio electrónico vigente desde el 1 de julio de 2021.

Marco normativo y evolución del sistema

El paquete de comercio electrónico introdujo regímenes de ventanilla única —exterior de la Unión, de la Unión e Importación— con la finalidad de simplificar la declaración del impuesto en operaciones transfronterizas y asegurar la recaudación del IVA en el Estado miembro de consumo. Asimismo, atribuyó a determinadas plataformas digitales funciones de gestión del impuesto como “proveedor asimilado” en situaciones específicas.

La nueva Directiva ViDA prosigue esta línea de actuación. Su transposición se centra en reforzar los mecanismos de control del IVA, simplificar obligaciones y ampliar el papel de las plataformas digitales. Estas medidas se desarrollarán en fases, con hitos relevantes previstos para 2027, 2028 y 2030.

Medidas de control y facturación electrónica

Una de las reformas más destacadas consiste en establecer la obligación de suministro inmediato de información sobre operaciones intracomunitarias mediante un sistema de factura electrónica estructurada y armonizada. Esta medida pretende mejorar el control de las transacciones y reducir el riesgo de fraude asociado al comercio intracomunitario, conforme a las líneas marcadas por la Directiva 2006/112/CE.

Simplificación administrativa para operadores

El Anteproyecto incorpora ajustes orientados a facilitar el cumplimiento de las obligaciones del IVA. La Directiva prevé avanzar hacia un sistema de registro único dentro de la Unión, evitando múltiples inscripciones en distintos Estados miembros. Como paso preliminar, el texto aprobado introduce modificaciones técnicas que reforzarán la operatividad de los regímenes especiales de ventanilla única.

Entre esas modificaciones se incluye la ampliación del régimen exterior de la Unión a servicios prestados a consumidores no establecidos en la UE y la obligación de nombrar representante para empresarios no establecidos que soliciten devoluciones del IVA soportado vinculado a operaciones declaradas a través de estos regímenes.

Régimen transitorio y alcance sectorial

El Anteproyecto prevé dos regímenes transitorios. El primero afecta a los acuerdos de venta de bienes en consigna, que se mantendrán hasta la implantación del módulo de transferencias de bienes propios prevista para el 1 de julio de 2028. El segundo permite incluir hasta esa misma fecha las entregas de energía en el régimen de la Unión, anticipando su futura incorporación obligatoria.

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