Datos biométricos: cuándo puede conservarlos la Policía según la UE
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha reconocido que las autoridades policiales de un Estado miembro pueden conservar datos biométricos y genéticos de personas implicadas en procedimientos penales, incluso sin establecer un plazo máximo, siempre que existan mecanismos de revisión periódica que garanticen la necesidad de su mantenimiento.
Toma y almacenamiento de datos biométricos a un funcionario checo
Un funcionario público de la República Checa fue sometido a una investigación penal en la que la Policía le tomó datos biométricos, incluyendo huellas dactilares, fotografías y una muestra de saliva para establecer su perfil genético. Esta información fue incorporada a bases de datos policiales, a pesar de su oposición.
Tras ser condenado por abuso de poder en 2017, el funcionario inició un procedimiento separado para impugnar la legalidad de la toma y conservación de sus datos biométricos, por considerar que se trataba de una injerencia ilícita en su vida privada. Un juez checo le dio la razón y ordenó la supresión de los datos. La Policía recurrió la decisión y el caso fue elevado al TJUE.
Recogida de datos biométricos sin distinción entre sospechosos y acusados
El TJUE ha declarado que el Derecho de la Unión no impide una normativa nacional que permita la recogida de datos biométricos de toda persona acusada o sospechosa de un delito doloso, siempre que:
- Los fines perseguidos no requieran diferenciar entre ambas categorías.
- Se respeten los principios aplicables al tratamiento de datos sensibles establecidos en la Directiva (UE) 2016/680.
Asimismo, el Tribunal afirma que el concepto de “Derecho del Estado miembro” abarca tanto la legislación como la jurisprudencia nacional, siempre que esta sea clara, accesible y previsible.
Conservación de datos biométricos sin un plazo máximo
Según el TJUE, los Estados miembros pueden autorizar la conservación de datos biométricos sin fijar un período máximo, siempre que:
- Se establezcan plazos adecuados para revisar periódicamente la necesidad de seguir conservando esos datos.
- Dicha revisión evalúe si continúa existiendo una necesidad estricta que justifique su mantenimiento.
Este sistema permite un equilibrio razonable entre la protección de los derechos fundamentales y las necesidades operativas de las fuerzas policiales.
Legalidad condicionada del almacenamiento de datos biométricos
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea valida la legalidad de conservar datos biométricos en bases policiales, incluso de forma indefinida, si existe una revisión periódica que justifique su continuidad. Esta interpretación ofrece a los Estados miembros una mayor flexibilidad en la gestión de datos personales vinculados a la seguridad pública, siempre bajo el respeto a los principios esenciales del Derecho de la Unión.