TSJ falla en contra de trabajador despedido por usar tarjeta restaurante durante la baja
Usar la tarjeta restaurante durante la baja: el TSJ confirma el despido
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha ratificado la procedencia del despido de un trabajador de Securitas Direct por utilizar la tarjeta restaurante facilitada por la empresa durante un periodo de incapacidad temporal. La sentencia destaca que, aunque el consumo fue mínimo (53,51 euros), el uso indebido de este recurso empresarial constituye una transgresión de la buena fe contractual y un abuso de confianza, justificando así el despido disciplinario.
Los hechos: uso indebido durante la baja
La empresa entregó al trabajador una tarjeta restaurante destinada a cubrir gastos de manutención exclusivamente durante la jornada laboral y en días laborables, dentro de establecimientos adheridos a una red específica. El trabajador firmó un documento en el que aceptaba estas condiciones.
Sin embargo, durante el mes de mayo de 2023, mientras se encontraba en situación de baja médica por un accidente laboral, el empleado utilizó la tarjeta en seis ocasiones, acumulando un gasto de 53,51 euros. Ante esta conducta, la empresa procedió a su despido disciplinario, fundamentándolo en el abuso de confianza y en la transgresión de la buena fe contractual.
Sentencia: una conducta grave y culpable
El trabajador recurrió el despido, alegando vulneración de sus derechos fundamentales, al entender que se le discriminaba por su situación médica. Sin embargo, tanto el Juzgado de lo Social nº 8 de Barcelona como posteriormente el TSJ de Cataluña rechazaron estos argumentos.
El tribunal autonómico aclara que:
- La sanción no está vinculada al estado de salud del empleado, sino a la conducta indebida al utilizar un recurso empresarial de forma reiterada y fuera de las condiciones pactadas.
- El importe económico defraudado resulta irrelevante; lo determinante es la ruptura de la confianza entre la empresa y el trabajador.
La buena fe contractual como pilar de la relación laboral
El fallo del TSJ de Cataluña pone en valor la buena fe contractual, principio esencial que regula la relación entre empresa y trabajador. Esta resolución establece que el incumplimiento de normas y acuerdos previamente aceptados puede justificar una sanción grave, como el despido disciplinario.
Además, la sentencia aclara que los beneficios otorgados por las empresas —como la tarjeta restaurante— deben ser utilizados de forma estricta según las finalidades y condiciones pactadas, sin excepciones durante bajas médicas u otros periodos de inactividad.
Este pronunciamiento judicial resulta especialmente relevante por las siguientes razones:
- Principio de proporcionalidad: El despido disciplinario es válido cuando la conducta del trabajador implica una vulneración clara de la confianza empresarial.
- Límites de los beneficios laborales: La sentencia deja claro que los beneficios proporcionados por la empresa no pueden ser utilizados en contextos ajenos a los estipulados.