El Tribunal Superior de Justicia de Asturias desestima reclamación por mala praxis médica en caso de atención sanitaria tras accidente

13/12/2024

En una reciente resolución, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha desestimado una reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por un paciente que alegaba haber recibido una asistencia sanitaria deficiente tras una caída ocurrida en junio de 2019.

Hechos del caso

El reclamante sufrió una fractura y luxación del húmero izquierdo, siendo atendido de urgencia en un hospital universitario. Posteriormente, se sometió a una hemiartroplastia el 18 de junio de 2019 y fue dado de alta el 20 del mismo mes. Sin embargo, en las semanas siguientes, el paciente presentó dolor persistente y signos de hematoma, lo que llevó a nuevas intervenciones quirúrgicas para tratar una lesión arterial y daño en el plexo braquial.

Reclamación por supuesta mala praxis en atención sanitaria

El demandante, representado legalmente, impugnó una resolución administrativa que había desestimado su reclamación. Argumentó mala praxis médica, falta de consentimiento informado y aplicó teorías de pérdida de oportunidad y daño desproporcionado. Sostuvo que los profesionales sanitarios no detectaron oportunamente una lesión arterial, lo que habría agravado su condición de salud.

Por su parte, la administración, representada por la Consejería de Salud y una compañía de seguros, defendió la actuación médica realizada, alegando que la reclamación había prescrito y que la praxis médica se ajustó a la lex artis, es decir, a los estándares profesionales vigentes.

Análisis jurídico

El tribunal evaluó los requisitos para la responsabilidad patrimonial de la administración pública, tales como la existencia de una lesión patrimonial, su carácter ilegítimo, el nexo causal con la actuación administrativa y la ausencia de causas de exoneración como la fuerza mayor. En cuanto a la prescripción, se determinó que el plazo no había vencido, ya que la reclamación se presentó dentro del término legal establecido.

Respecto a la supuesta mala praxis, el tribunal concluyó que no hubo infracción de la lex artis, basándose en las pericias médicas que respaldaron la actuación sanitaria. Además, se desestimaron las teorías de pérdida de oportunidad y daño desproporcionado, al considerarse que el resultado obtenido no excedía lo previsible ni se apartaba de los riesgos inherentes a la intervención médica realizada.

Conclusión

Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias desestimó la reclamación, confirmando que la asistencia sanitaria proporcionada fue adecuada y conforme a los estándares profesionales. Asimismo, se decidió no imponer costas al reclamante, dada la complejidad del caso y la ausencia de pruebas contundentes que demostraran una actuación negligente por parte de los profesionales de la salud.

Este fallo refuerza la necesidad de una evaluación rigurosa de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial en el ámbito sanitario, subrayando la importancia de cumplir con los procedimientos y estándares establecidos para garantizar una atención médica de calidad.

Ir arriba